AVISO: Este artículo fue publicado el pasado 27 de mayo en El Faro de Temis, blog del autor alojado en la web cuartopoder.es
El pleno del Tribunal Constitucional ha anulado el punto clave de la conocida como ‘ley antidesahucios’ de la Junta de Andalucía, el que permitía la expropiación de viviendas vacías en poder de los bancos y sociedades inmobiliarias para ponerlas a disposición de familias desahuciadas en riesgo de exclusión social. El acuerdo, adoptado por mayoría, no considera que esa norma sea ilegal, pero sí “incompatible” con la política diseñada por el Gobierno para sanear el sistema financiero. Cuatro magistrados han expresado su discrepancia en votos particulares en los que incluyen su preocupación por la deriva recentralizadora por la que navega la institución y que provoca “una grave erosión y distorsión del sistema de distribución competencial” que rige el modelo autonómico.