Dice el refrán popular que “a grandes males, grandes remedios”. Así ocurre en la dura pugna que mantiene el Estado -a través de sus principales instituciones- con el soberanismo catalán que impulsa desde la Generalitat su presidente, Artur Mas. En este caso, los remedios más que grandes son extraordinarios, lo que da cuenta de la magnitud del desafío y del empeño puesto en frenarlo. Lo que queda por dilucidar, el tiempo dirá, es si el recurso a medidas excepcionales no generará consecuencias contraproducentes. Mientras tanto, el independentismo catalán pierde 2-0.
La sanción más dura
El suceso extraordinario más reciente se produjo este jueves. El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) suspendió durante tres años al magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona Santiago Vidal, autor del texto de lo que ya se conoce como constitución catalana. Alcanzar ese acuerdo requirió de un complejo y a ratos acalorado debate que se prolongó durante todo el día, y que arrancó con la propuesta del promotor de la acción disciplinaria del consejo, Antonio Fonseca-Herrero, quien solicitó la expulsión del magistrado barcelonés al considerarle responsable de dos faltas muy graves: incumplimiento de los deberes judiciales y quebrantamiento del régimen de incompatibilidades. El fiscal apoyó tan dura proposición.

El juez de la Audiencia Provincial de Barcelona Santiago Vidal, redactor de la denominada constitución catalana.
Los vocales rechazaron pronto, sin necesidad de votación, que la elaboración de un texto jurídico (sea cual sea su destino final) por el que el autor no parece haber recibido remuneración alguna infrinja el sistema de actividades prohibidas por la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) a los jueces. De inmediato, la posibilidad de expulsar de la carrera al juez Vidal se esfumó, pero el pleno quedó partido en dos: de un lado, los diez vocales propuestos por el PP y el que cubre la plaza cedida a CiU abogaron por una dura sanción, tesis a la que se sumó el presidente de la institución, Carlos Lesmes.
Los otros nueves vocales (propuestos por el PSOE, IU y PNV) se mostraron muy reacios a tal posibilidad. Ni siquiera la oferta de cerrar el debate con una suspensión de sólo dos años ablandó sus recelos, por lo que al final se impuso el criterio mayoritario: tres años fuera de la carrera, la sanción más dura prevista en la LOPJ.
Hay pocos antecedentes de un correctivo tan severo en la carrera judicial. Salvo error, el magistrado sevillano Rafael Tirado fue el último para el que un instructor disciplinario reclamó un castigo similar, en su caso por el retraso en la ejecución del ingreso en prisión de quien acabó por ser el asesino de la niña onubense Mari Luz Cortés. En aquella ocasión, el CGPJ resolvió el expediente con una multa de 1.500 euros.
La constitución catalana elaborada por el juez Vidal es de momento un mero trabajo teórico, científico, casi literario, sin consecuencia práctica alguna. Las tesis allí plasmadas no parecen haber afectado hasta ahora a su labor en la Audiencia Provincial de Barcelona ni en sus anteriores destinos.
Para los doce vocales que apoyaron la sanción, el problema estriba en que se trata de un escrito elaborado por un magistrado en ejercicio que pretende sentar las bases jurídicas de un proceso de secesión, en sintonía con organizaciones independentistas. Ello supone “la ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales”, comportamiento que el artículo 417.14 de la LOPJ tipifica como falta muy grave.
El razonamiento parece, en principio, un tanto forzado, por lo que toca esperar a que el Tribunal Supremo resuelva el recurso anunciado por el afectado. Pero el mensaje enviado a cualquier juez susceptible de simpatizar con las posturas soberanistas es nítido e inequívoco, y probablemente ese era el objetivo último.
A toda velocidad
El segundo hecho excepcional ocurrió el pasado miércoles 25 de febrero: en un pleno extraordinario y monográfico, el pleno del Tribunal Constitucional acordó por unanimidad declarar inconstitucional los dos artículos de la Ley catalana 10/2014, de 26 de septiembre, de consultas populares no referendarias y otras formas de participación ciudadana, que habilitaban a la Generalitat para convocar referendos de este tipo. La misma reunión sirvió para anular el decreto del presidente de la Generalitat 129/2014, de 27 de septiembre, de convocatoria de consulta popular no referendaria sobre el futuro político de Cataluña.
A nadie puede sorprender la decisión del órgano llamado a defender la Constitución. Pero sí es excepcional que durante el actual mandato del Constitucional, que encabeza el presidente Francisco Pérez de los Cobos, sólo se hayan celebrado dos plenos extraordinarios y monográficos: el del pasado miércoles y el del 4 de noviembre de 2014. Aquel fue convocado a toda prisa ante la tardanza del Gobierno en reaccionar a la maniobra de Mas para sortear la admisión a trámite de los recursos presentados contra la ley y el decreto ahora anulados.
Y también es inusual la celeridad del tribunal en resolver los recursos de la Abogacía del Estado. El Constitucional ha solventado ya dos expedientes admitidos a trámite el 20 de septiembre de 2014, en apenas cinco meses, cuando la media de duración de trámites similares es de cinco… años. Si no se ha batido un récord, cerca ha estado.
El pleno del pasado miércoles apenas duró una hora. Según el periodista de La Vanguardia José María Brunet, la unanimidad alcanzada se coció el 10 de febrero en torno a un cocido madrileño degustado en el restaurante madrileño Lhardy. Fue el escenario escogido por Pérez de los Cobos para negociar un acuerdo con los dos magistrados más reticentes, Encarnación Roca y Juan Antonio Xiol. Los efluvios del guiso, de justa fama internacional, cumplieron su cometido. La estrategia elegida presidente del Constitucional no deja de ser también sorprendente.
Queda partido
Como en todo conflicto moderno, la batalla se libra en muy diversos frentes. Uno de los más complicados sacude el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, cuya Sala de lo Civil y lo Penal admitió a trámite las querellas presentadas contra Mas por el simulacro de consulta realizado el domingo 9 de noviembre de 2014. Pero lo hizo tras depurar los hechos a investigar, que redujo a la actuación de la Generalitat entre el 4 de octubre y el día de la consulta, lo que pone en serio riesgo el futuro del proceso.
Unión Progreso y Democracia (UPyD), formación que también se querelló contra Mas, es en principio la única acusación que se percató de ese hecho, por lo que en su recurso de súplica pide al tribunal que amplíe el marco temporal de la investigación y lo extienda hasta el 26 de septiembre anterior, fecha de la aprobación en el Parlamento autonómico de la Ley de Consultas. La Fiscalía catalana, hace unos días, se adhirió a tal planteamiento y solicitó a la sala que lo acepte y se corrija a sí misma.
De momento, la estrategia soberanista de Mas pierde por dos goles. Si el alto tribunal catalán acepta el recurso de UPyD y abre la investigación a todas las iniciativas de la Generalitat para asegurar la celebración del 9-N, el partido podría darse por perdido. Pero si el marcador se pone 2-1 el desenlace volvería a ser incierto. E incertidumbre es lo que menos necesita ahora el debate político público, que encara el más duro año electoral de la democracia.